Trámites administrativos tras el nacimiento del bebé (en Madrid) (II)

Ayer comenzamos a repasar los trámites administrativos a realizar tras el nacimiento de un bebé. Fuimos a inscribirle al Registro Civil, solicitamos el informe de maternidad en el centro de salud y pedimos el certificado de empresa en nuestro lugar de trabajo.

Sigamos, pues. Porque aún queda mucho que hacer. ¡Un nacimiento supone mucho trabajo! ;)

Trámites administrativos nacimiento bebé

Próximo paso: prestaciones de maternidad y paternidad a solicitar tras el nacimiento

Las mamás y papás trabajadores por cuenta propia o ajena o en situación de desempleo (cobrando la prestación) han de solicitar la prestación por maternidad o paternidad en la Seguridad Social.

Importante: es necesario pedir cita previa para realizar el trámite. Puede obtenerse de dos formas:

- Vía telefónica: 901 10 65 70

- Vía Internet: en esta web

Una vez tengas la cita deberás acudir a la Oficina de la Seguridad Social asignada con la siguiente documentación (original y fotocopia) de ambos, cuando proceda:

- DNI

- Libro de Familia

- Número de cuenta

- Impresos de solicitud debidamente rellenados y firmados (si lo solicitáis los dos, dos impresos). Puedes descargarlos aquí

- Certificado de empresa (lo habíamos solicitado ayer, ¿recuerdas?) o documento del SEPE si alguno de los dos cobra prestación por desempleo

- Modelo 145 de la Agencia Tributaria

En el caso de la madre, además, habrá que aportar el informe de maternidad (lo pedimos ayer), el alta si estuvo de baja médica antes del parto y el certificado de la mutua asociada a su puesto de trabajo en caso de haber estado en situación de riesgo durante su embarazo.

Si alguno de los dos es trabajador por cuenta propia, es decir, autónomo, debe presentar también la Declaración de Actividad y los recibos de cotización.

Seguimos: inscripción del bebé en la Seguridad Social

De nuevo deberás pedir cita mediante alguna de las formas antes mencionadas, así que trata de que te citen para ambas cosas el mismo día y a la misma hora. Si no, será un paseo más. ;)

No te olvides de llevar la siguiente documentación:

- Libro de Familia

- Tarjeta sanitaria y DNI de quien vaya a tener como beneficiario al bebé (madre o padre). Importante: si es el padre del que va a depender el niño, médicamente hablando, debe acudir personalmente él a realizar este trámite

Y por hoy terminamos con la asignación de pediatra

Para que reconozcan la asistencia sanitaria al bebé tras su nacimiento, es necesario acudir al centro de salud de los padres y solicitar que le asignen un pediatra.

De nuevo hay que presentar documentación. Adivina el qué ;)

- Libro de Familia

- DNI de la persona que vaya a tener como beneficiario al bebé

- Documento de afiliación y de inclusión de beneficiarios que te darán cuando inscribas al niño en la Seguridad Social (paso anterior)

¿Cómo llevas los trámites? ¿Te va quedando claro todo lo que hay que hacer tras el nacimiento de un bebé?

Solo nos quedan un par de cosas muy, muy, sencillas. Una de ellas incluso se puede hacer por teléfono. Pero las veremos mañana, que no quiero saturarte. :)

Si te ha gustado el post, ¿por qué no compartirlo en tus redes sociales? ;)

Diario de una mami

avatar

Acerca de Diario de una mami

diariodeunamami.com
Esta entrada fue publicada en Bebés y etiquetada , , . Guarda el enlace permanente.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *

Puedes usar las siguientes etiquetas y atributos HTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>