Jornada reducida por maternidad, ¿Hasta que los niños tengan…?

Ampliación jornada reducida hasta los doce años

El día de nochebuena mi prima y yo hablábamos sobre la ampliación de la jornada reducida hasta los doce años que ha lanzado recientemente el Gobierno. La jornada reducida la podrán pedir aquellos progenitores (uno de los dos, se entiende si trabajan los dos) con la consiguiente reducción de salario para poder compaginarse el cuidado de un hijo o hija menor de doce años.

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La verdad es que es de las pocas medidas que ha aprobado este Gobierno que me hayan gustado. El Real Decreto-ley 16/2013 de 20 de diciembre de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, también podría llamarse de medidas para favorecer el bienestar de las familias españolas y mejorar el concepto de estado de bienestar de la sociedad en general.

Pero bien, señores, bien…vamos tomando conciencia de lo difícil que es trabajar si lo tienes que combinar con horarios de entrada y recogida de bring the child day carecolegios…Ahora ya que están, pongánse las pilas y amplíen la baja maternal, para que podamos favorecer también el bienestar de las mamás y sus bebés y alargar el contrato temporal de la persona que suple esa ausencia de actualmente 16 semanas. Ya que la tendencia según los políticos es que estamos mejorando y saliendo de la crisis, empecemos la casa por las paredes y no por el tejado.

Porque señores, seguro que si preguntamos a las madres-mujeres-padres,  que si prefieren ampliar el tiempo en el que tienen que “dejar” a sus bebés en una Guardería o con suerte con la abuela, o prefieren ampliar la reducida hasta que sus niños sean preadolescentes…me da a mí que la mayoría va a votar por la ampliación de la baja maternal, un momento delicado donde la madre está emocionalmente débil y el bebé necesita todo su tiempo y atención.

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La verdad es que aunque parezca ilógico, cuando yo trabajaba en la pública (en la Generalitat más concretamente) me decían que me tenía que regir por los tres años que decía la normativa catalana pública, aún cuando en la privada era ya hasta los 8 años.

 

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